viernes, 5 de julio de 2013

Información sobre Siniestro Total en Motos e indemnizaciones

Uno de los conceptos más importantes que aparece en las Condiciones Generales de la póliza de seguro es el de "PERDIDA TOTAL". Este concepto se corresponde con el de Siniestro Total, que es como se le conoce habitualmente.

CONCEPTO
Su motocicleta es declarada como siniestro total cuando deja de ser utilizable para su dueño. Esto puede ocurrir por los siguientes motivos:
  • La motocicleta es robada y no aparece.
  • La motocicleta es robada y luego aparece con daños demasiado grandes.
  • La motocicleta se incendia y es irrecuperable.
  • La motocicleta ha sufrido un accidente y ha quedado inutilizable.
Para el primer supuesto no existe ningún tipo de interpretación, ya que la motocicleta ha desaparecido por completo, es decir, la han robado y no queda nada de ella en manos de su dueño legítimo, por lo tanto, es siniestro total de pleno derecho.

El problema viene cuando roban la motocicleta y luego aparece dañada, o se incendia o bien ha sufrido un accidente; estos daños pueden ser de mayor o menor entidad, es decir, en unas ocasiones pueden ser reparadas y en otras no; en tal caso, la pregunta clave es:
¿Cuándo se considera siniestro total?
Antes de nada, hay que matizar que al asegurar la motocicleta lo que en realidad se asegura es el valor de dicha motocicleta, es decir, una cantidad de dinero, por lo tanto, A LO SUMO, lo que la aseguradora va a pagar será dicha cantidad de dinero asegurada como máximo.

Por eso, lo normal en CASI todas las compañías es que la motocicleta se considere siniestro total cuando el valor de reparación de la motocicleta sea superior a la suma asegurada. Es decir, cuando el valor de reparación sea superior al 100% del valor asegurado.

Y ¿cuanto es la suma asegurada?, pues depende de la antigüedad de la motocicleta y del tipo de póliza que tengamos contratada, pero esto lo hemos dejado para un capítulo aparte llamado valor a nuevo / venal / venal mejorado
Volviendo al asunto que se trata, se ha dicho que CASI todas, pero NO todas las compañías consideran al siniestro total cuando el valor de reparación supere el 100% del valor de la motocicleta. Algunas compañías consideran siniestro total cuando el valor de reparación es del 75-80-90% del valor asegurado. Y este aspecto que parece no tener importancia, pero llegado el momento si que lo es, y mucho.

Es muy importante, pues saber:

¿Qué es mejor, el 70 / 80 / 90 / 100% …?
Pues depende de cada caso concreto, de cada situación, pero sobre todo depende de los dos factores que indican la cantidad a indemnizar en caso de siniestro total, y son:
  • Antigüedad de la motocicleta
  • Valor de indemnización: valor a nuevo, venal, mercado…

Es decir, la relación entre las palabras "siniestro total", "antigüedad de la motocicleta" y "valor a nuevo, venal, mercado" es muy estrecha, y van unidas inseparablemente, puesto que definen la cantidad que se pagará finalmente.

A continuación se van a detallar todos los casos posibles, para que cada usuario puedan valorar cada uno de ellos.

SITUACIÓN 1: "SINIESTRO TOTAL = VALOR A NUEVO"

Si en la póliza indica que en caso de siniestro total la indemnización es del Valor a Nuevo, entonces no cabe interpretación alguna: SIEMPRE interesará que la motocicleta sea declarada siniestro total, ya que ello implica recibir su motocicleta nueva. En este caso, la indemnización es la MÁXIMA, la cantidad que costó la motocicleta al comprarla nueva.

Por ello, en esta situación, cuanto más BAJA sea la barrera para considerar su motocicleta siniestro total, será mejor para el usuario, pues conseguirá más fácilmente el abono de su motocicleta nueva; es decir, que siempre será mejor el 70 al 80%, que el 80 al 100%.

Ejemplo: Partimos de un accidente con su motocicleta nueva cuyo valor es de 10.000 euros. El golpe es suficientemente grande para que la reparación de la motocicleta cueste 89.000 euros.

En tal caso, y sin duda alguna, lo más interesante es que la motocicleta sea declarado siniestro total, pues siempre es mejor su motocicleta nueva que una reparada. No es deseable que se repare su motocicleta con daños muy grandes, ya que una reparación de tal calibre supone meterla en bancada, rectificar el chasis, sustituir múltiples piezas, etc. Esto significa más probabilidades de sufrir luego problemas de dirección, desajustes o ruidos.

Siguiendo con el ejemplo, si en la póliza pone las palabras "Siniestro total ... cuando el valor de reparación supere el 100% del valor asegurado", esto significará que la motocicleta no sería declarada siniestro total, por lo que las opciones quedarán reducidas a reparar la motocicleta, o quedarse con la indemnización (los 8.000 euros que cuesta la reparación) y comprar otra motocicleta nueva, perdiendo 2.000 euros de por medio. En ambos casos es perjuicio para el usuario, pues se queda con su motocicleta reparada (con todo lo que eso significa), o pierde dinero.

Pero si en la póliza figura una expresión similar a "Siniestro total ... cuando el valor de reparación supere el 75% del valor asegurado" entonces la situación mejora enormemente. El 75% de 10.000 euros son 7.500 euros, como el valor de reparación (8.000 euros) supera a ese 75%, entonces la motocicleta será declarada siniestro total, y la aseguradora pagará la indemnización correspondiente, que en este caso es el valor de su motocicleta NUEVA.

SITUACIÓN 2: "SINIESTRO TOTAL = VALOR DE MERCADO / VENAL…"

Hay un caso en el que no suele ser interesante conseguir que la motocicleta sea declarado siniestro total. Cuando la motocicleta tiene ya una cierta edad, y se encuentra en buen estado, la indemnización que pagaría la aseguradora puede ser más baja que el precio de su motocicleta similar en el mercado de segunda mano. Como inconveniente añadido, el usuario se queda sin su motocicleta que era perfectamente válida, y le resultará muy difícil encontrar otra por otro precio similar y que esté en tan buenas condiciones. En este podría ser preferible reparar la motocicleta.

Volvemos a recordar que toda motocicleta reparado de un golpe ya no es tan bueno como originalmente, y se deprecia por el golpe en sí. Se puede comprobar fácilmente intentando vender su motocicleta con un siniestro para ver que es muy difícil encontrar comprador.

Aún con todo, nuestra postura es que siempre es mejor conseguir la declaración de siniestro total, y por ello, es esta situación, será mejor cuanto más BAJO sea el porcentaje para considerar su motocicleta siniestro total.

Aquí se explica otro ejemplo para comprobarlo:
Ejemplo: Se parte de su motocicleta que tiene tantos años que su valor ya solo es de 1.800 euros. A partir de un golpe de mediana intensidad, el valor de la reparación va a superar esos 1.800 euros, y aún más si se considera (por ejemplo) el 75%, es decir, 1.350 euros.

Pues incluso en este caso es ventajoso tener ese 75%, ya que si la reparación supera los 1.350 euros la indemnización será de 1.800 euros (valor de la motocicleta), y luego, el usuario con ese dinero podrá arreglar la motocicleta por su cuenta o bien comprar otro similar. Pero el caso es que no será necesario que la reparación alcance los 1.800 euros, sino que a partir de un valor de reparación de 1.350 euros, el usuario ya podrá decidir si prefiere o no reparar la motocicleta, y además, recibiendo los 1.800 euros, que sería el máximo.
La ventaja reside en tener mas opciones donde elegir, ya que también podría darse el caso que solo exista la opción de reparar la motocicleta y que no interese.

EL IVA
Falta por tratar un aspecto que incide también en todo este asunto, y es el IVA.

Un caso común es cuando en un siniestro la motocicleta NO es declarada siniestro total, pero, por el motivo que sea NO interesa reparar la motocicleta: por desconfianza en la reparación, por los desajustes que se puedan producir, por la merma de seguridad, etc.

En ese caso, la única posibilidad que existe es percibir el dinero de la reparación (cantidad que será más baja que si se hubiese declarado siniestro total), pero ATENCIÓN, la pregunta sería:

¿Con IVA o sin IVA?

La respuesta es SIN IVA, es decir, si el usuario NO va a reparar la motocicleta, NO se genera el impuesto, y por tanto, la compañía NO tiene porqué pagarlo.

Si finalmente el usuario a posteriori quiere arreglar la motocicleta por su cuenta, tendrá que pagar el IVA.

¿UN ENGAÑO?
En nuestra opinión, las compañías SI que, en parte, engañan al usuario al menos en un aspecto, y es en el siguiente.

Contratar la cobertura del robo, o incendio, o daños propios de su motocicleta de un año, cuesta EXACTAMENTE lo mismo que si la motocicleta tuviera diez años.

Sin embargo, a la hora de abonar indemnizaciones por un siniestro total, la cantidad que corresponda por la motocicleta de diez años será MUY inferior a la que correspondería si la motocicleta tuviera un año, por tanto, las compañías deberían de responder a la siguiente pregunta:

¿Por qué cuesta igual si no voy a obtener la misma indemnización?
Lo lógico es pagar en función de lo que se va a percibir a cambio, y sin embargo, esto no ocurre así si la motocicleta es siniestro total
Ejemplo: Se toma el caso de dos motocicletas idénticas, de la misma marca y modelo, pero uno nuevo y otro con diez años. En el seguro se incluye la cobertura de robo. Esta cobertura en ambos casos nos costará EXACTAMENTE lo mismo, y sin embargo, si la motocicleta es robada y no aparece (es decir, siniestro total), la indemnización a recibir en un caso (la motocicleta viejo) será muchísimo menor que en el otro (la motocicleta nuevo). A igual pago de primas, no corresponden iguales indemnizaciones.

LA LÓGICA
Si en principio puede resultar un engaño, en realidad no es así del todo, es decir, en el supuesto de una reparación, las piezas que le pondrán al motocicleta serán NUEVAS, ya tenga la motocicleta unos meses como si tiene diez años. Por lo tanto, en este caso, no es tal el engaño, que es lo que ocurre en el 90% de los supuestos, ya que su motocicleta no es declarado siniestro total todos los días.
Fuente: Arpem.com

 
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